Impacto potencial del CETA en el agua y los servicios de agua
Estimado miembro del Parlamento Europeo
Las organizaciones abajo firmantes le solicitamos que vote contra la ratificación del tratado de libre comercio entre la Unión Europea y Canadá (CETA), que pone en peligro los recursos acuáticos y los servicios de agua a ambos lados del atlántico.
Tras un completo análisis del texto del CETA y del Instrumento Interpretativo Conjunto, hemos detectado varias disposiciones que ponen en peligro la gestión pública de los servicios de agua y saneamiento y el agua como recurso :
-- El agua está incluida en el texto del CETA, a pesar de todas las promesas de que permanecería fuera de las negociaciones y a pesar de la opinión del Parlamento Europeo en su resolución del 8 de septiembre de 2015 sobre el seguimiento de la Iniciativa Ciudadana Europea por el Derecho Humano al Agua (2014/2239(INI), no. 22), donde el Parlamento “pide a la Comisión (…) que excluya permanentemente el agua y el saneamiento y tratamiento de las aguas residuales de las normas del mercado interior y de cualquier acuerdo comercial”[1].
Las disposiciones del artículo 1.9 del CETA pueden llevar a una mayor mercantilización del agua y facilitar su acaparamiento por parte de las grandes corporaciones. El artículo establece que: “Si una Parte permite la utilización comercial de un manantial concreto (“water source” en la versión en inglés del texto) debería hacerlo de forma coherente con el presente Acuerdo”, sin definir claramente lo que se considera un “uso comercial” o un “manantial concreto”. En caso de un uso comercial, los derechos de agua están sometidos a las reglas de comercio e inversiones del CETA. En especial los estándares de protección de inversiones (Trato Justo y Equitativo; Expropiación Indirecta) para inversores extranjeros pueden tener una fuerte influencia sobre cómo se adjudican los derechos de agua por parte de las autoridades públicas, y limitar sus posibilidades de negar o restringir derechos de agua una vez éstos hayan sido concedidos a inversores extranjeros. Hay ya varios casos de disputas inversor-Estado en relación a derechos de agua bajo acuerdos similares (NAFTA[2], Energy Charter[3]) que han sido resueltos a favor del inversor.
-- Las reservas adoptadas para los servicios de “Captación, depuración y distribución de agua” sobre Acceso a los mercados y Trato nacional no son suficiente para garantizar su total protección. Habrían sido necesarias reservas sobre Trato de nación más favorecida y Requisitos de funcionamiento. E incluso aunque los servicios de agua potable estén incluidos en el Anexo II, se les aplicaría aún la protección sobre inversiones[4].
-- Tan solo Alemania ha adoptado reserva de Acceso a mercados para los servicios de saneamiento (“Gestión de residuos: servicios de alcantarillado, eliminación de residuos y saneamiento”). La inclusión de estos servicios en el marco del CETA para el resto de países de la UE contradice el artículo 12 de la Directiva Europea de Concesiones, que establece que esta directiva no debe aplicarse a concesiones concedidas para el tratamiento y vertido de agua[5].
La excepción horizontal sobre public utilities aplicada por la Unión Europea para proteger los servicios públicos no es suficiente. Por un lado, no incluye reservas para Protección de inversiones o Trato nacional. Por otro lado, la terminología es ambigua, ya que el término utilizado en inglés (public utilities) no tiene un significado concreto en derecho internacional, ni equivalencia en la legislación europea. Esta excepción horizontal no se ha puesto nunca en marcha en un tratado con lista negativa, ni en un acuerdo con un proveedor relevante de servicios públicos con un interés real en el mercado de la UE[6].
-- La cooperación regulatoria y la protección de inversiones pueden hacer irreversibles procesos de privatización del agua y dificultar la capacidad de los gobiernos para volver a poner bajo control público los servicios privatizados, una tendencia en alza en Europa.
-- El CETA puede limitar la capacidad de operación de las empresas públicas de agua, ya que los derechos de agua serán tratados como inversiones y las reservas aplicadas no cubren todas las actuales y futuras actividades que los operadores necesitan completar de acuerdo a la legislación[7].
-- El CETA no incluye el principio de precaución como enfoque global, que es un componente inherente a la legislación europea. Además, la cooperación regulatoria en el CETA restringiría el espacio político de decisión de los Estados miembro. Esto podría tener graves impactos en la salud, el medio ambiente y la protección de los recursos hídricos.
-- El CETA ignora la naturaleza unitaria del ciclo del agua, los límites de los recursos hídricos y la naturaleza multifuncional del agua en los ecosistemas[8].
El Instrumento Interpretativo Conjunto no cubre las carencias del acuerdo y plantea una imagen optimista del acuerdo, sin base alguna. No hay ningún nuevo compromiso legalmente válido o clarificación en el texto. Solo podremos conocer el potencial verdadero de lo recogido en el CETA cuando decisiones tomadas por las autoridades públicas o por operadores públicos de agua sean clarificadas ante tribunales de arbitraje. No podemos correr ese riesgo.
La Unión Europea debe considera el agua como un bien común, y el acceso al agua y al saneamiento como un Derecho Humano. Le solicitamos que, para defender los intereses de la ciudadanía europea y el medio ambiente de las amenazas planteadas por el CETA, vote en contra de la ratificación del acuerdo en la sesión Plenaria del Parlamento Europeo.
Un cordial saludo,
Blue Planet Project
Council of Canadians
Movimiento Europeo del Agua
Food & Water Europe
Wasser in Bürgerhand
[1] Resolución del Parlamento Europeo, 2014/2239 (INI), no 22
[2] AbitibiBowater vs. Canada, cantidad pagada CAD $130
Comentario acerca del artículo 1.9 del CETA por el prof. Gus Van Harten
[3] Vattenfall vs. Germany, cantidad reclamada €1.4 billion, p. 23
[4] Krajewski, Markus (2016). Model Clauses for the Exclusion of Public Services from Trade and Investment Agreements.
[5] Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 relativa a la adjudicación de contratos de concesión
[6] Krajewsky, Markus (2016). Op. Cit.
[7] Allianz der öffentlichen Wasserwirtschaft e.V., 2016. Wasserwirtschaft im Sog des Freihandels-CETA.
Prof. Laskowski, 2016. Rechtliches Gutachten zu möglichen Verstößen gegen Investitionsschutzregelungen des Freihandelsabkommens CETA durch Maßnahmen der kommunalen Wasserwirtschaft, ISDS, Schiedsgerichtsverfahren und Haftungsfragen.
Stadtwerke Karlsruhe, 2016. How water supply in Germany would be affected by the EU free trade and investment agreements CETA, TTIP, TiSA.
[8] Comentario acerca del artículo 1.9 del CETA por el prof. Francesc La Roca