Propuesta de nuevo modelo de gestión del agua en Madrid

Propuesta de nuevo modelo de gestión del servicio de aguas en la comunidad de Madrid

1. INTRODUCCIÓN

La Plataforma contra la privatización del Canal de Isabel II impulsará, en el marco de la Campaña por la Transparencia, un debate sobre el modelo de gestión del Canal, en el que participen el movimiento asociativo, sindicatos, asambleas del 15-M, organizaciones políticas y los ciudadanos en general, a fin de consensuar un modelo alternativo, que podamos defender entre todos ante el Gobierno actual del PP o ante futuros gobiernos.

En los últimos meses, desde la Plataforma y distintas entidades ciudadanas, hemos venido denunciando las deficiencias y la opacidad del actual modelo de gestión, implantado en junio de 2011, consistente en él mantenimiento del Ente Público Canal de Isabel II, reducido a la mínima expresión (22 trabajadores) convertido supuestamente en órgano de control y supervisión y la creación de una sociedad anónima. Canal de Isabel II Gestión S.A., encargada de la gestión del patrimonio, infraestructuras y de los servicios de agua potable, saneamiento y reutilización de las aguas depuradas, destinada a ser privatizada, según Ignacio González, cuando las circunstancias económicas así lo permitan.

El objeto de este documento es el de presentar una propuesta alternativa al modelo actual de gestión del servicio de aguas de la Comunidad de Madrid, bajo los principios de eficacia, defensa del interés general, transparencia , rendición de cuentas y participación ciudadana.

2. LAS DEFICIENCIAS DEL MODELO ACTUAL

Después de 14 meses de funcionamiento, se puede afirmar que este modelo es infinitamente peor que el anterior, sobre el que teníamos importantes discrepancias. Es opaco en su funcionamiento, no rinde cuentas ni informa a los ciudadanos y es ineficiente en sus resultados, incrementando los costes del agua a través de subidas sucesivas de las tarifas sin que, en modo alguno, las hayan justificado. Es un modelo exclusivamente dirigido a preparar la futura privatización del Canal. Se exponen, a continuación, de forma esquemática algunas razones que avalan estos criterios.

- El actual modelo de gestión elimina el anterior modelo de cooperación entre las distintas administraciones, vaciando las competencias que en materia de abastecimiento y saneamiento tienen por Ley los Ayuntamientos en beneficio de la Sociedad Anónima que se crea. A cambio se otorgó hasta el 20% de las acciones a los ayuntamientos que firmaran la adhesión a este modelo, con la posibilidad de que, cuando la sociedad se privatice, puedan vender hasta el 70% de las acciones otorgadas. Hay que recordar que sobre este tema existe un recuso en el Tribunal Constitucional.

- Su constitución se realizo de forma opaca y a fecha de hoy no se han hecho públicos los documentos básicos que permitirían conocer las características del modelo de gestión actual (el Contrato Programa entre el Canal y la nueva sociedad anónima, el inventario de bienes y derechos que son objeto de aportación a la nueva sociedad, la valoración económica de la nueva sociedad y el capital social adoptado), conociéndose su contenido parcialmente, a través de filtraciones de diversa procedencia.

- Sin embargo, el Contrato Programa recoge importantes competencias del Ente Público (planificación, seguimiento y control de la Sociedad Anónima, responsabilidades administrativas –concesiones, autorizaciones-, acuerdos con otras administraciones y la propuesta de modificación de las tarifas, entre otras), que en la actualidad no ejecuta efectivamente al no haber dotado al Ente de medios humanos y materiales para tal fin. Las unidades de planificación y de gestión administrativa del antiguo Canal, necesarias para desarrollar dichas competencias, han sido traspasadas por completo a la Sociedad Anónima. Para realizar sus tareas el Ente Público dependerá de la información que le suministre la Sociedad Anónima, lo que es un contrasentido y significa que el verdadero poder de decisión estará en la citada sociedad. ¡Imaginar lo que esto supondrá, si se privatiza la sociedad!

- El Ente Público tiene un funcionamiento opaco y se desconocen las decisiones que toma, si es que ha tomado alguna. Su órgano de gobierno es monocolor (todos los consejeros son designados por el PP), habiéndose excluido al resto de partidos del Parlamento Regional, a los representantes de los trabajadores y a los ciudadanos.

- La Sociedad Anónima, constituye la piedra angular del modelo y hay que tener en cuenta, como ya se ha dicho anteriormente, que a pesar de ser actualmente 100% pública, el objetivo del Gobierno regional del PP es su privatización (venta al sector privado del 49% de las acciones de la sociedad). Se trata de una de las empresa mas importantes de la Comunidad de Madrid, tanto por sus ingresos y beneficios (Ver el recuadro) y por su actividad estratégica. Su privatización supondría poner en manos privadas un bien tan importante para los madrileños como el agua.

- La Sociedad Anónima funciona como una caja negra, como una isla de impunidad ajena al control parlamentario y a la fiscalización de sus decisiones. Se desconoce su organización y funcionamiento y amparándose en su condición de sociedad anónima, ha blindado las decisiones y deliberaciones de su Consejo de Administración, haciendo que sus decisiones sean secretas. Sin embargo, allí se toman decisiones estratégicas como el reparto de los beneficios anuales de la sociedad, la distribución de dividendos a los accionistas y las inversiones a realizar en las empresas del grupo Canal o en sociedades externas. También decide las remuneraciones de los miembros del Consejo de Administración.

- El blindaje de cualquier filtración respecto a las decisiones tomadas por el Consejo de Dirección se ha logrado mediante la elección de todos los consejeros por el PP, eliminando todos los mecanismos de participación institucional y de sus trabajadores. Canal Gestión S.A. se ha convertido en un coto exclusivo del Presidente de la Comunidad Ignacio González.

- Un ejemplo de la opacidad y la autonomía de cómo funciona Canal Gestión S.A. es la adquisición de la concesión del Servicio de Aguas de Lanzarote (INALSA) en abril de 2013, por la que deberá pagar 106 millones de euros en 5 años. Esta operación, que tiene niveles importantes de riesgo, se realizó sin consultar al Gobierno, ni al Parlamento Regional, que se enteró de esta actuación por la prensa.

---- DATOS DE CANAL GESTIÓN ----

En la primera Junta General Ordinaria de Accionistas del Canal de Isabel II Gestión aprobó, sin votos en contra, las cuentas del ejercicio de 2012 con una cifra de negocio de 451 millones de euros (frente a los 700 millones de todo 2011), un beneficio neto de 131,5 millones en sus seis primeros meses de existencia —se creó hace un año y está valorada en 2.148 millones— y un dividendo complementario para los socios de otros 48,8 millones.

A la Junta estaban convocados el ente público Canal de Isabel II (82,4% de las acciones) y los 111 ayuntamientos que forman parte del accionariado de la compañía (17,6% restante). La intención del Gobierno regional es privatizar hasta el 49% antes de 2016.

La Junta aprobó el reparto de 118,3 millones en dividendos para los accionistas, de los que 69,5 millones fueron distribuidos como dividendo a cuenta a finales de 2012. También tuvo el visto bueno el dividendo complementario de 48,8 millones, con un 98,7% de votos a favor.

En total, a la Junta asistieron 60 accionistas, de los cuales 30 comparecieron personalmente y el resto lo hizo por delegación. La deuda del Canal, que a 31 de diciembre de 2011 ascendía a 1.156 millones, y un año después se redujo por debajo de 950 millones.

El cónclave también aprobó el nombramiento de Diego Sanjuanbenito, delegado del área de Medio Ambiente de Madrid capital, como miembro del Consejo de Administración de la sociedad.

Además se fijó en 600 euros las dietas por asistencia para los vocales del Consejo. La Junta hizo constar en acta que Salvador Victoria —que además de ser el consejero de Presidencia y Justicia y portavoz del Ejecutivo autonómico ha sucedido a Ignacio González al frente del Consejo de la firma de gestión de agua— y Enrique Ossorio (Economía y Hacienda), no perciben ninguna remuneración de la empresa.

---- Información de El País del 27 de junio de 2013 ----

3. NUESTRA PROPUESTA DE MODELO DE GESTIÓN

El modelo de gestión que se propone para el Canal de Isabel II debería tener en cuenta los siguientes criterios:

  • Gestión no mercantil del servicio
  • Gestión pública 100%
  • Asunción del derecho humano al agua y al saneamiento
  • Modelo cooperativo entre las distintas administraciones con competencia en el agua
  • Calidad en la prestación del servicio y eficacia social y medioambiental
  • Condiciones laborales justas
  • Transparencia, rendición de cuentas, participación ciudadana y acceso a la información
  • Cooperación pública-pública

Gestión no mercantil del servicio

La gestión del servicio se deberá realizar sin tener en cuenta las normas y criterios del mercado primando, por tanto la consideración de la equidad social –capacidad de pago-, frente a la equidad económica –beneficio y voluntad de pago- en las políticas tarifarias. Esta consideración es potente ya que va más allá al tema de la titularidad del servicio, toda vez que, en la práctica, tanto operadores privados como públicos gestionan mercantilmente –con ánimo de lucro-, los sistemas, mientras que únicamente los públicos pueden hacerlo de una forma no mercantil.

Este criterio lleva implícito las cuestiones siguientes:

  • Cualquier excedente económico se debería reinvertir, en cualquier caso, en el servicio en aras a mejorarlo técnica, social o medioambientalmente
  • La actividad del Canal se debería circunscribir exclusivamente al ciclo integral del agua; un tema a tener en cuenta es el de la producción hidroeléctrica de las mini centrales situadas a pie de presa
  • El ámbito geográfico de la actividad del Canal debería limitarse al de la Comunidad de Madrid
  • Habría que prescindir de la mayoría de las empresas integrantes del grupo Canal, especialmente las que actúan en Latinoamérica para fomentar la privatización de los servicios de agua y saneamiento locales

Gestión pública 100%

Dentro de la modalidad de gestión pública, se opta por la constitución de una entidad pública Empresarial, denominada Canal de Isabel II, que desarrolle las actividades derivadas de la propia Administración, en calidad de organización instrumental diferenciada de ésta. Las entidades públicas se rigen por el derecho privado en sus actividades, a excepción del ejercicio de potestades, régimen patrimonial, régimen de contratación y régimen presupuestario, que se rigen por el Derecho Administrativo, la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y la Ley General Presupuestaria, respectivamente. Este era el estatus jurídico del antiguo Canal de Isabel II, que tan buenos frutos ha dado a lo largo de más de 25 años. Además es un buen tipo de organismo para establecer un sistema de cooperación entre las distintas administraciones del que hablaremos a continuación.

Nos manifestamos rotundamente en contra del modelo actual de sociedad anónima, por sustituir el interés general, representado por la administración pública, por el interés de los accionistas (ver el recuadro anterior). Como hemos visto en el periodo en que lleva funcionando, las cotas de opacidad, desinformación y falta de rendición de cuentas, ha imposibilitado el control público de la sociedad.

Asunción del derecho humano al agua y al saneamiento

Se deberá asumir el derecho humano al agua que, con generalidad, se le entiende en los términos definidos por las Naciones Unidas en los que lo configuran como un derecho de prestación que deberá garantizar los poderes públicos a través de un servicio público, guiados por el principio de igualdad, equidad, realización progresiva y no discriminación.

En este sentido, los principios y criterios normativos que considera -disponibilidad de una dotación y de un número de instalaciones de saneamiento suficientes; calidad adecuada del agua; aceptabilidad, especialmente en lo que respecta a las instalaciones de saneamiento; accesibilidad física y temporal, y asequibilidad económica-, se asimilan a los indicadores que hay que tener en cuenta al definir los niveles del servicio –o la calidad del mismo–, mientras que los comunes -participación; acceso a la información; transparencia; rendición de cuentas y sostenibilidad-, están relacionados con la gestión del propio servicio.

Hay que tener en cuenta que la asunción del derecho humano al agua no deslinda la gestión pública y privada, ni siquiera excluye la gestión mercantil, tal como lo reconoce explícitamente la relatora especial de este derecho, pero sí que configura unos criterios de gestión potentes, especialmente en lo que se refiere a la forma en que se debe gestionar, los niveles de servicio y que deben ser abordados de acuerdo con principios de igualdad, equidad, realización progresiva y no discriminación.

En relación con esto último, se debería asumir tajantemente la garantía de suministro de una dotación mínima –cuyo valor debería concretarse pero que en el contexto mundial está entre 60 y 100 litros por persona y día-, y, en consecuencia el compromiso de no cortar el suministro en casos de impago justificados socialmente.

Modelo cooperativo entre las distintas administraciones con competencia en el agua

El modelo de gestión que proponemos es el cooperativo, dado el régimen de concurrencia de competencias entre las distintas administraciones (Estado, Comunidad Autónoma y Ayuntamientos) para la producción de un bien complejo como es el agua. La actuación del Canal debería complementar las actuaciones de los ayuntamientos, titulares de la competencia para el suministro de agua potable, el alcantarillado y la depuración de las aguas residuales (art. 26º,2.1 de la LRBL). Los ayuntamientos deben tener un mayor poder en la toma de decisiones del Canal y la colaboración del Canal con los Ayuntamientos, debería tener la consideración de encomiendas de gestión, en la que el titular de la competencia encarga a la entidad pública Canal de Isabel II, la gestión de los servicios, manteniendo su titularidad. Estaríamos proponiendo un modelo similar al anterior pero incrementando la presencia y el poder institucional de los ayuntamientos en los órganos de dirección del Canal. Otra consecuencia del modelo cooperativo es que en caso de existir “beneficios” en las cuentas anuales del Canal, una parte de ellos deberían destinarse a la amortización de las deudas de los ayuntamientos debidas a la realización de obras y servicios destinados a mejorar o ampliar los sistemas de abastecimiento y saneamiento en sus términos municipales.

Calidad en la prestación del servicio y eficacia social y medioambiental

El principio de defensa de calidad del servicio de aguas debe acompañarse del establecimiento de unos indicadores de gestión y calidad (técnicos, financieros, sociales, medioambientales y patrimoniales) relacionados con el conjunto de actividades de la entidad, que permitan seguir su efectiva realización y valorar el servicio en término de gestión de las inversiones, de personal, de la protección de los recursos hídricos, de reducción de la demanda, del programa de investigación y de muchas otras cuestiones. Estos indicadores deben ser públicos y aprobados por las instituciones regionales, y en su definición deberán participar los ayuntamientos y los ciudadanos a través de los instrumentos de participación, que posteriormente se concretan.

Otro tema importante para asegurar la calidad del servicio es la necesidad de asegurar las inversiones necesarias para mantener y ampliar los sistemas de aducción, abastecimiento, saneamiento y depuración, en perfecto funcionamiento. En esta línea, los beneficio que se produzcan en la gestión del ente se reinvertirán totalmente en los servicios de agua.

Se potenciarán los servicios relacionados con la planificación y predicción de los recursos hídricos y de la gestión medioambiental, estableciéndose como línea estratégica la reducción del volumen de agua de abastecimiento, a través de políticas rigurosas de eliminación de pérdidas en la red y de campañas de gestión de la demanda. Con esta estrategia se mejorará la sostenibilidad de los recursos y se evitará la necesidad de ampliar las infraestructuras de almacenamiento y distribución.

Otra línea estratégica que enlaza con la sociedad del conocimiento, es que el Canal debe ser un motor de la investigación en el campo del agua y a tal fin debería presentar un Plan bianual de I+D+i que debería ser debatido en el Parlamento Regional y por los ciudadanos.

Condiciones laborales justas

Deberán estar garantizados los derechos laborales de los trabajadores del Canal.

Transparencia, rendición de cuentas, participación ciudadana y acceso a la información

Apostamos por un modelo de gestión transparente y participativo y en el que el Ente Público rinda cuenta de sus actividades y decisiones, tanto a los poderes públicos, como a los ciudadanos. Esta fórmula es la única que puede garantizar que el Ente no se desvíe de sus fines y objetivos y evitar corruptelas o conductas que pongan en peligro la viabilidad del servicio. Este modelo debe regir en el Consejo de Dirección del Ente, que en su composición debe reflejarse la pluralidad política en las instituciones y la participación ciudadana. Se exponen a continuación algunas ideas que reforzarían este tipo de modelo:

  • Constitución en el Parlamento Regional de una Comisión de seguimiento del Canal de Isabel II, en la que participen todos los grupos de la cámara y en la que el partido que gobierne no tenga la mayoría absoluta. La Comisión tendría capacidad para pedir todo tipo de información de la entidad y obligar a comparecer ante ella al Presidente o Gerente del Ente Público. Cada 6 meses el Presidente del Canal rendirá cuentas ante dicha comisión, presentado un informe, que tendrá carácter público, sobre la situación del organismo y la gestión desarrollada durante el semestre, en base a los resultados de los indicadores de calidad anteriormente mencionados. Esta comisión realizará un informe anual sobre la gestión del Canal que se debatirá en el Pleno del Parlamento Regional.
  • Potenciación de los mecanismos de información hacia el ciudadano, creando una WEB de calidad que disponga de una información completa del Canal y estableciendo canales efectivos para que los ciudadanos, tanto a nivel individual como colectivo, puedan obtener información de las actividades del Canal que requieran.
  • En el Consejo de Dirección del Canal estarán representados: el Gobierno Regional representantes de todos los grupos políticos presentes en el Parlamento Regional, representantes de los ayuntamientos, representantes de la Administración General del Estado, representantes de los trabajadores y representantes de las organizaciones sociales. Una distribución podría ser, de un total de 20 miembros, 5 podrían ser nombrados por el Gobierno Regional, 4 por los grupos parlamentarios, 4 por los ayuntamientos, 2 por la AGE, 2 elegidos por los trabajadores y 3 por las organizaciones sociales.
  • Todos los acuerdos y resoluciones que adopten los órganos de Dirección del Canal serán públicos, recogiéndose en la página WEB del organismo.
  • El modelo de participación ciudadana que proponemos se recoge en el apartado 4 de este documento.

Cooperación público-público

Queremos que el Canal se abra a la cooperación con los operadores públicos y que mantenga una posición activa en la Red de operadores públicos ”Aqua Pública Europea”, en la defensa de una gestión del agua basada en los valores del servicio público.

El Canal debe librarse de los activos de las empresas privadas que lidera en Latinoamérica, en el ámbito de la gestión del agua, donde ha actuado como una multinacional depredadora y estructurarse para poner a disposición de los operadores públicos y las autoridades locales de los países en desarrollo, su personal, capacidades y conocimientos, en el marco de la cooperación público-público.

4. NUESTRA PROPUESTA DE PARTICIPACIÓN SOCIAL

La participación social y el control ciudadano se llevaría a cabo mediante dos formas: a) a través del Observatorio del Agua y b) mediante la participación en el Consejo de Administración del Canal de Isabel II.

La instancia de participación denominada Observatorio del Agua, se basa en la experiencia que, sobre este tema, se tiene en Aguas de París y que, básicamente, se trataría de un organismo integrado en el propio Canal, siendo, por lo tanto, financiado por el mismo, quedando así asegurados los medios humanos y materiales necesarios para que pueda cumplir las funciones que se concretan a continuación.

Composición

Se constituiría como una asamblea formada por la sociedad civil, que agruparía a las organizaciones sociales, asociaciones de vecinos, asociaciones de usuarios, asambleas del 15-M, ONGs, instituciones académicas, personas involucradas en las instituciones, expertos y ciudadanos preocupados por los problemas del agua, cuyo objetivo sería controlar y evaluar la gestión del servicio público del agua.

El Observatorio del Agua se regiría por un reglamento aprobado por la totalidad de sus componentes en una asamblea general. Se podría organizar de la siguiente forma: una asamblea general anual, una comisión coordinadora elegida por ella y un grupo de trabajo reducido que garantice el día a día del Observatorio.

Deberían establecerse reuniones plenarias, cuya periodicidad estaría a determinar.

Funciones

Entre sus funciones destacarían: debatir los problemas del agua, informar a los ciudadanos, debatir y concertar con la dirección del Canal sobre problemas relativos al servicio público del agua, evaluar la calidad del servicio, transmitir las quejas de los usuarios y proponer líneas de reflexión sobre los problemas del agua.

Su papel sería consultivo, pero tendría capacidad para debatir, recomendar y opinar sobre la gestión del Canal de Isabel II, que estaría obligado informar sobre los temas que le planté el Observatorio. En caso de conflicto podrá acudir a plantear los problemas a la Comisión de seguimiento del Canal en el Parlamento Regional.

Por último, una de sus funciones más importantes sería la de elegir a tres representantes en el Consejo de Dirección del Ente Público, con todo lo que ello conlleva de acceso a la información y rendición de cuentas.