El suministro público de agua potable a domicilio es un bien esencial y básico para una vida digna, por lo que no debería ser objeto de negocio por parte de los mercaderes del agua. En España, el servicio municipal de este bien básico está cayendo bajo el control de unas pocas empresas que, abusando de su singular interpretación del actual marco jurídico, y apoyándose en la intencionada falta de control público, así como el desconocimiento ciudadano de sus derechos, se han lanzado a saquear los bolsillos de los usuarios.
El abastecimiento domiciliario del agua potable es un derecho en España. La Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, establece en su artículo 26 su prestación obligatoria en todos los municipios, y en el 86.3 su carácter esencial, estableciendo la reserva obligatoria a favor de las entidades locales y su prestación en régimen de monopolio, respetando una tradición municipalista y su carácter público. También lo fueron los suministros de energía eléctrica y gas.
Sin embargo, desde la promulgación en el año 2000 de la Directiva Marco del Agua europea, que obliga desde 2010 a recuperar la totalidad de los costes de los servicios, mucho ha cambiado en España, pasando de un 63% de gestión pública en 1996 a un 60% en manos privadas actualmente.